
La Junta Directiva de
la Caja de Ahorros del Personal de la Universidad Nacional Abierta informa a
sus Asociados que en vista de la promulgación de la Ley de Cajas de Ahorro,
Fondos de Ahorro y Asociaciones Similares, publicada en Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela Nº 38.286 de fecha 04-10-05; nos vemos
obligados a dar cumplimiento al imperativo legal, adecuando los Estatutos de la
Caja de Ahorros a lo establecido en dicha Ley. Por tal motivo, aquellos
Artículos del Estatuto que colidan con la nueva Ley serán ajustados a la misma.
En el caso específico
de los retiros parciales de haberes, no se podrán conceder a los asociados que
tengan cualquier tipo de préstamo con la Caja, de acuerdo con lo establecido en
el Art. 60 numeral 9 de la Ley. Sólo
se otorgarán los retiros parciales a los asociados que no tengan ningún tipo de
préstamo.
Asimismo, informamos
que la Junta Directiva asesorada por el Consultor Jurídico de CAUNA realiza
actualmente un análisis detallado de dicha Ley a los fines de elevar a la
Superintencia de Cajas de Ahorro la
respectiva consulta, la cual se hará del conocimiento de la comunidad de
asociados una vez obtenida la respuesta.
Franca Bonaguro
Antonio
Martins
Presidente Secretario
OCH/XRG/lp