El
Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal de la Universidad
Nacional Abierta informa a todos los afiliados, que aún cuando está en plena vigencia el Estatuto que faculta a los Asociados para
adquirir vehículos con financiamiento a través de la Asociación, es menester
participar que motivado a la obligación por parte del referido instrumento
jurídico y de la Ley de Cajas de Ahorros a la Asociación, de mantener el 20% del total
de los ahorros de los Asociados colocados en instituciones financieras,
y por cuanto esa cantidad asciende a la
suma de aproximadamente Tres Millardos de Bolívares
(Bs.3.000.000.000,oo); en la actualidad resulta
contraindicado el inicio de otorgamiento
de Préstamos con Reserva de Dominio a través de la Institución. A tales efectos, esta Junta Directiva considera
pertinente seguir con la política de dar preferencia a la aprobación de
Préstamos Hipotecarios en virtud del alto contenido social que los mismos
representan para la comunidad.
Finalmente,
la anterior decisión podría ser reconsiderada en caso de ingresar en un corto
plazo el importe correspondiente a las acreencias mantenidas hasta la fecha con
la Asociación, y de los cuales se están efectuando con las autoridades de la
Universidad Nacional Abierta la respectiva gestión de cobro del capital y los
intereses generados en concordancia con
el artículo 64 de la Ley de Cajas de Ahorro.
(Fdo) (Fdo)