Caracas, 28 de Junio de 2004

 

CIRCULAR    40

 

El Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal de la Universidad Nacional Abierta informa a todos los afiliados, que aún  cuando está en plena vigencia  el Estatuto que faculta a los Asociados para adquirir vehículos con financiamiento a través de la Asociación, es menester participar que motivado a la obligación por parte del referido instrumento jurídico y de la Ley de Cajas de Ahorros a la Asociación, de mantener el 20%  del total  de los ahorros de los Asociados colocados en instituciones financieras, y por  cuanto esa cantidad asciende a la suma de aproximadamente Tres Millardos de Bolívares (Bs.3.000.000.000,oo); en la actualidad resulta contraindicado  el inicio de otorgamiento de Préstamos con Reserva de Dominio a través de la Institución. A tales  efectos, esta Junta Directiva considera pertinente seguir con la política de dar preferencia a la aprobación de Préstamos Hipotecarios en virtud del alto contenido social que los mismos representan para la comunidad.

 

                Finalmente, la anterior decisión podría ser reconsiderada en caso de ingresar en un corto plazo el importe correspondiente a las acreencias mantenidas hasta la fecha con la Asociación, y de los cuales se están efectuando con las autoridades de la Universidad Nacional Abierta la respectiva gestión de cobro del capital y los intereses  generados en concordancia con el artículo 64 de la Ley de Cajas de Ahorro.

 

POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION

 

Lic. HELMO A. DELGADO                    Lic. ZULAY LOPEZ

Presidente                                      Secretaria

   (Fdo)                                            (Fdo)